Disfruta los beneficios de ser socio de nuestra cooperativa.
En Centrocoop seguimos promoviendo e incentivando el ahorro en nuestros socios a nivel nacional ofreciendo atractivos beneficios para ahorrar.
No cobramos mantenimiento, comisiones, tampoco ITF.
Además, te ofrecemos la tasa más alta del mercado 14.62% (TIP) a 720 días, en nuestras modalidades de:
- Ahorro corriente.
- Ahorro a plazo fijo.
AHORRO CORRIENTE EN MONEDA NACIONAL – PERSONAS NATURALES: CARACTERÍSTICAS
- Para la apertura de un Depósito de Ahorro Corriente, es requisito indispensable ser socio de la Cooperativa, según
- Monto mínimo de apertura de una cuenta de ahorro corriente es de S/ 00
- No se cobra mantenimiento de cuenta, portes, comisiones ni están afectas al
- Podrá depositar o retirar en nuestras Agencias a nivel
- Nuestro Socio tendrá Libre disponibilidad de sus
- Las tasas vigentes para ahorro corriente se detallan en Tabla No 01:
Tabla N° 01
Tasa de Ahorro Corriente en Moneda Nacional
Tipo de Ahorro |
T.N.M. |
T.E.A. |
Ahorro Corriente |
0.104% |
1.25% |
T.N.M. Tasa Nominal Mensual
T.E.A. Tasa Efectiva Anual
AHORRO A PLAZO FIJO EN MONEDA NACIONAL – PERSONAS NATURALES: CARACTERÍSTICAS
- Los certificados vigentes serán afectos a variación desde la fecha de aprobación de esta directiva, modificación sustentada y respaldados por las condiciones contractuales
- Para la apertura de un Depósito de Ahorro a Plazo Fijo, es requisito indispensable ser socio de la Cooperativa, según
- El monto mínimo para la apertura de Ahorro a Plazo Fijo es de S/ 00.
- Los intereses podrán ser retirados en forma mensual o al término del contrato.
- No se cobra mantenimiento de cuenta, portes, comisiones ni están afectas al ITF.
- La apertura o renovación de certificados pueden en forma individual y/o ….mancomunada.
Tabla N° 02
Tasa de Interés Ahorro a Plazo Fijo
En Moneda Nacional | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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LO QUE EL SOCIO DEBE SABER
- Los socios independientes que cuentan con un depósito de ahorro a plazo fijo, deberán realizar obligatoriamente el pago de aporte mínimo mensual vigente a la fecha y pago de previsión
- Se anexará una Declaración Jurada de Registro de Operaciones en Efectivo a toda transacción igual o mayor a S/ 15,000.00 incluyendo operaciones múltiples mensuales iguales o mayores a S/ 60,000.00 , indicando que este no proviene de una actividad ilícita.
- La modificación en el sistema VISUAL COOP de las tasas pasivas de los depósitos de ahorro corriente y plazo fijo, estará a cargo de la Jefatura del área de tecnología de la información, observándose que no debe registrarse diferencias con los datos de tasa de interés en el certificado a plazo fijo y en los recibos.
- Las cláusulas del Contrato de Depósito a Plazo, es de aplicación estricta por el personal, Administradores y Jefe de Agencia.
- Se considera plazos fijos definidos al periodo de 3 meses, 6 meses, 12 meses, 18 meses y 24 meses; por lo que las agencias que tengan ahorros a plazos fijos por periodos diferentes, previa coordinación con los socios, deberán adecuar los ahorros a los plazos definidos en la fecha que se procese la renovación.
- Los socios se obligan a brindar la información solicitada, la que tendrá la condición de declaración jurada de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 179 de la Ley General del Sistema Financiero – Ley N° 26702. Dicha información se guardará con absoluta confidencialidad, no pudiendo ser divulgada a terceros por ningún motivo, salvo los casos de requerimiento por la Administración tributaria o mandato de
- Los socios declaran bajo juramento que el dinero ingresado a la Cooperativa o que obtengan producto de los intereses o ahorros serán destinados a la realización de financiamiento de actividades legales y/o lícitas; excluyendo de manera expresa a la Cooperativa de cualquier responsabilidad en caso el dinero obtenido sea destinado a la realización o financiamiento, por cuenta propia o ajena, de los delitos tipificados en las leyes penales de delitos aduaneros, contra el lavado de activos o cualquier otro delito contra el orden financiero, monetario y conexos; para lo cual, declaran además conocer y haber sido instruidos por la Cooperativa sobre los alcances de dichas
TRANSPARENCIA:
La información de la presente directiva será publicada para conocimiento de los socios, de acuerdo con la Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de Servicios Financieros (Ley Nº 28587), Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del Sistema Financiero, aprobado mediante Resolución SBS N° 8181 – 2012, Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N° 27571) y otras normas vigentes sobre la materia.